El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que fija las enseñanzas comunes que deben establecer las distintas administraciones educativas para el nivel básico que imparten las escuelas oficiales de idiomas.
Esta decisión, procede de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación de 23 de diciembre de 2002. En su artículo 8 determina que el Gobierno fijará los contenidos comunes de las enseñanzas reguladas por la Ley que constituyen los elementos básicos del currículo, los cuales deberán respetar los porcentajes establecidos con carácter general en el propio artículo.
La implantación del nivel básico de las enseñanzas de idiomas está prevista para el comienzo del curso 2005-2006, de acuerdo con el calendario de aplicación fijado en el Real Decreto de 27 de junio de 2003.
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